Peritajes en trastorno del espectro alcohólico fetal TEAF, FASD

Servicios de Psicología Forense y Mediación

¿Qué es el TEAF o FASD?

La presencia de alcohol durante el embarazo produce malformaciones en el feto a nivel neurológico. Estas malformaciones pueden desembocar en unos síntomas cognitivos, somáticos y de comportamiento como consecuencia del trauma fetal. Los síntomas deberían ser tenidos en cuenta a la hora de valorar los actos de una persona que lo sufra. Esta valoración se realiza mediante peritajes en trastorno del espectro alcohólico fetal.

Podemos ayudarle.

La psicología forense puede servir de ayuda evaluando la presencia y severidad de la sintomatología TEAF en la persona. Esta evaluación es a dos niveles:

  • A nivel psicológico.
  • Estableciendo la posible relación entre esta sintomatología y el hecho que quiere ser probado.

La emisión de una pericial psicológica tanto a nivel administrativo como a nivel judicial civil o penal puede acreditar la presencia de una discapacidad no observable directamente. El TEAF debería tenerse en cuenta a la hora de juzgar o evaluar a la persona, normalmente menor de edad, en aspectos tales como:

En el ámbito penal valorando tanto la imputabilidad como la capacidad para otorgar consentimiento. Pueden estar alteradas las capacidades tanto a nivel cognoscitiva como volitiva. La sintomatología puede interferir en el grado en que la persona sepa lo que está haciendo o sea capaz de decidir si hacerlo o no.

En el ámbito del derecho de familia valorando la adecuación de la guardia y custodia del menor. También en la valoración sobre los regímenes de visitas y el mantenimiento o retirada de la patria potestad. Siempre hay que atender las características específicas del menor por su sintomatología para garantizarle un entorno enriquecedor y seguro.

TEAF: discapacidad y capacidad de obrar.

A la hora de valorar el grado de discapacidad es aconsejable tener un informe pericial especializado. Este informe debe recoger todas las posibles facetas en las que el desempeño se encuentre mermado en la persona. Con la presentación de este informe se puede conseguir que el organismo oficial correspondiente plasme por escrito, en el certificado de discapacidad, toda la sintomatología dotándola de entidad jurídica. Es decir, haciendo visible ante el mundo lo invisible a simple vista: Su discapacidad.

A veces va a ser necesaria la modificación de la capacidad de obrar de la persona con TEAF. Se puede pedir la prórroga de la patria potestad cuando el menor alcanza la mayoría de edad, al no considerarle con la madurez suficiente como para asumir su autocuidado y autogestión. Si la persona es mayor de edad se puede solicitar la incapacitación. Para ambos casos un informe psicológico forense expondrá a quien tiene que decidir como tutor. Asimismo incluirá cuál es la situación psicológica en ese momento de la persona evaluada y así se podrá obrar al respecto con todos los datos necesarios.

Las limitaciones de estas personas pueden solaparse con juicios de valor.

  • Sus torpezas valorarse como vaguería.
  • Su impulsividad como violencia.
  • Su distraibilidad como maldad.

El TEAF no se ve a simple vista y necesita ser visibilizado para poder ser tenido en cuenta. Aquí tiene mucho que decir la psicología forense.